Los concursos de acreedores caen el 54,26% en agosto respecto a julio
Escrito el 3, Septiembre a las 12:06 pm
Según el estudio mensual sobre la evolución de estos procesos publicado hoy por la consultora D & B, los concursos acumulados durante los ocho primeros meses del año también disminuyeron ligeramente, el 0,47%, hasta quedar situados en 3.400.
La comunidad autónoma en la que más cayeron los procesos concursales entre enero y agosto fue Cantabria, con un descenso del 52,5%, al pasar a 19 desde los 40 registrados un año atrás.
Cataluña y Madrid, dos de las comunidades con mayor número de concursos, registraron descensos interanuales del 3,32% y del 2,51%, respectivamente. Por el contrario, Canarias, con 109 concursos, es la comunidad donde más crecieron los concursos, el 27,52%.
Sólo en agosto, la mayor parte de las comunidades muestran incrementos en la cifra de concursos, siendo Andalucía, con 45, y Baleares, con 14, las que más los vieron crecer en valor absoluto.
Únicamente se observan descensos mensuales en Navarra, con un 40% menos; Madrid, un 26,67% por debajo, y la Comunidad Valenciana, con una caída del 6,90%.
En lo que respecta a los sectores de actividad, la mayor subida en lo que va de año, el 80,56%, se registró en transportes y comunicaciones, con 195 concursos.
El sector que más bajó fue de nuevo el de otras industrias manufactureras, con un descenso del 26,95%.
En cuanto a datos absolutos, el sector de intermediación financiera, servicios a las empresas e inmobiliarias fue el que registró más concursos entre enero y agosto, 794, un 11,20% más que en 2009, seguido de la construcción, con 772, que sin embargo, baja un 7,32% respecto al pasado año.
Durante el mes de agosto todos los sectores de actividad incrementaron o mantuvieron el número de concursos registrados, salvo otras industrias manufactureras, que disminuyó el 16,67%.
El mayor aumento lo registró el sector del comercio, restaurantes y hospedajes, el 78,79%, que suma 26 concursos más que en agosto del pasado año.
Fuente: cincodías.com
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Las cláusulas (secretas) de garantía salarial
Escrito el 2, Septiembre a las 5:41 pm
Cuando los precios suben más que los salarios los trabajadores pierden poder adquisitivo. Eso es un principio económico básico bien sabido por la inmensa mayoría de los asalariados. Para que esto no ocurra existe un mecanismo en la negociación colectiva conocido como cláusulas de salvaguarda o de garantía o revisión salarial. Se trata de una cláusula por la que la parte patronal y los trabajadores pactan la revisión al alza de las tablas salariales cuando el IPC real supere o bien al IPC previsto o al incremento retributivo acordado en convenio.
Dentro de esto, existen numerosos diseños de estas cláusulas. Desde las que son retroactivas y recuperan la desviación del año en curso en concepto de atrasos; hasta aquellas que, en el caso de que la inflación real quede por debajo de la prevista (algo que ocurrió en 2009), los trabajadores deban devolver la diferencia.
En cualquier caso, desde que en 2002 las cúpulas patronales y sindicales pactan anualmente los Acuerdos de Negociación Colectiva (ANC) existe el mandato a los negociadores de que fijen el incremento salarial con una fórmula: IPC previsto, más ganancias de productividad y siempre incluyendo una cláusula de garantía salarial.
Esto se ha ido cumpliendo año tras año hasta 2009, cuando la crisis provocó también un cataclismo en la negociación colectiva y más en concreto en la retributiva. De hecho, el porcentaje de trabajadores con convenio que tenían la protección de estas cláusulas de salvaguarda ha superado casi siempre el 70%.
Sin embargo, esta garantía se ha terminado para la mayoría de los trabajadores. Los últimos datos estadísticos son evidentes: tanto el número de convenios que incluyen esta protección, como el porcentaje de trabajadores afectados se ha desplomado. Se ha pasado del 51% al 23% de los convenios con dichas garantías; y del 70% de los trabajadores protegidos a tan sólo el 40%. ¿Qué está ocurriendo?
¿A qué se debe esta pérdida de protección de los trabajadores si sigue vigente la misma fórmula para diseñar la subida salarial que la usada desde 2002? La respuesta no es fácil ni obedece a una sola causa. Según fuentes sindicales, el primer motivo de esta desaparición masiva de las cláusulas de revisión salarial no es otro que el hecho de que la inflación estuviera en niveles muy bajos en 2009.
“Esta circunstancia, unida a la presión de los recortes de empleo hizo que muchos trabajadores aceptaran el pasado año no incluir las cláusulas de revisión, porque, en principio, con un IPC tan bajo, no les harían falta para garantizar el poder adquisitivo”. Muchos de estos trabajadores que negociaron sin cláusula para los próximos ejercicios, “este año perderán dinero seguro”, añaden estas fuentes, dado que los precios ya están cercanos al 2%.
Además, precisan que “los sindicatos no van a hacer ninguna llamada a la rebelión institucional por ello, como hicieron los empresarios en el único año que no les salieron las cuentas”. Se refería así a todos los incumplimientos de subidas salariales pactadas por parte de numerosas patronales y empresas, en 2009, que terminaron en los tribunales.
Pero, dicho esto, no todos los trabajadores sin cláusula, según la estadística, perderán poder adquisitivo este año. Algo está cambiando. Fuentes de la negociación colectiva explican que debido a la conflictividad salarial que predominó el año pasado y sigue en el presente, muchos comités de empresa, “se han buscado la vida para eludir el encontronazo” con sus patronos en el diseño de la subida salarial. Y la solución ha sido buscar fórmulas alternativas en la redacción del incremento retributivo, que llevan implícitas las cláusulas de revisión salarial.
Luego, a la hora de rellenar la hoja estadística, esta cláusula aparece como inexistente, porque en realidad, figura en el apartado de incremento salarial. Así, las fórmulas que se están usando consisten en referenciar las subidas de sueldos en lugar de al IPC previsto, a la inflación del año en curso o a la del ejercicio anterior.
De esta forma, una cantidad aún no calculada de trabajadores que aparentemente no tiene cláusulas y ya estarían perdiendo poder adquisitivo (el IPC previsto este año es del 1% y la inflación está en el 1,9%) puede que finalmente lo recuperen por el diseño de su incremento salarial. Pese a todo, los sindicatos insisten: la mejor garantía es una cláusula clara y redactada inequívocamente.
Fuente: cincodías.com
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Los juzgados españoles ingresaron en 2009 nueve millones y medio de asuntos
Escrito el 30, Julio a las 3:43 pm
La Vocal Portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo, y los Vocales delegados para la Estadística Judicial, Miguel Carmona y Antonio Dorado, presentaron en Madrid “La Justicia, dato a dato”, un documento anual que se convierte en una radiografía exhaustiva de la situación de la Administración de Justicia.
Según ponen de relieve las cifras, destaca el aumento de la carga de trabajo en los órganos judiciales durante el pasado año, en el que ingresaron más de nueve millones y medio de asuntos, lo que supone unaumento de un 5,77 por ciento con respecto al año anterior.
“En el orden contencioso-administrativo es donde más se recurre. Se recurre hasta un cuarto de las sentencias que se dictan pero el índice de confirmación es muy elevado”, apuntó el Vocal Miguel Carmona en la presentación a los medios.
Con los datos que posee el Consejo referidos al primer trimestre de 2010, la proyección que se hace nos indica que posiblemente cuando concluya este año el incremento en el número de asuntos será inferior y se situará en torno al 3 por ciento. La jurisdicción civil y la jurisdicción social registrarán cifras de incremento de asuntos por debajo de las registradas en el año 2009.
Uno de los aspectos importantes de “La Justicia, dato a dato” es el referido a la calidad de la Justicia medida a través de indicadores cuantitativos, como las cifras de confirmación de las sentencias dictadas en primera instancia, que alcanzan cotas superiores al 90 por ciento en todos los órdenes jurisdiccionales, llegando en algunos supuestos en materia penal a un 99 por ciento.
Fuente: Boletínelectrónicocgpe.es
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El Registro Civil cambiará de ubicación el próximo año
Escrito el 27, Julio a las 5:24 pm
La adjudicación de un nuevo órgano unipersonal para la capital albaceteña conlleva hacerle hueco dentro de unas infraestructuras, las que dispone la Administración de Justicia en la capital, más que «ajustadas en lo que a espacio se refiere», de ahí que ha tocado hacer las previsiones oportunas conjuntamente con la Gerencia del Ministerio de Justicia y la Subdirección de Obras, a fin de ubicarle.
Dionisio Guardiola. Y lo que ha tocado hacer es todo un «encaje de bolillos», como se dice coloquialmente, que se ha traducido, según explica el máximo responsable del Tribunal Superior de la región, Vicente Rouco en lo siguiente. Así, en el edificio Expo-Todo, sito en la calle Dionisio Guardiola, donde hasta la fecha estaba la Gerencia antes mencionada junto al Juzgado de Primera Instancia número 3, el de lo Mercantil, se van a trasladar las dependencias del Registro Civil sito, hoy por hoy en el Palacio de Justicia, una vez, además, que la citada Gerencia ya ha sido previamente a este paso reubicada en dependencias de la Subdelegación del Gobierno, más concretamente, en el edificio administrativo.
Igualmente la idea es que, si las posibilidades presupuestarias así lo permiten, aprovechar el traslado del Registro para mejorar «un poco la proyección ciudadana de la Justicia en este punto, o lo que es lo mismo, se va a dejar atrás la imagen un poco trasnochada del mostrador y de la cola de ciudadanos y se le va a dotar, por contra, de la consiguiente sala de espera con lo que esto supondrá de ganar en lo que a atención se refiere y todo ello sin olvidar que seguimos estando en el centro de la ciudad», aclara Vicente Rouco.
La previsión es que empiece a funcionar en Dionisio Guardiola el Registro Civil a principios de año que viene en coincidencia, por otra parte, con el nuevo órgano unipersonal adjudicado para la capital que también va a situarse en este mismo inmueble.
Y en el espacio que el Registro deje libre en el Palacio de Justicia la previsión es usarlo para dar, especifica el presidente del TSJ, «salida a cualquiera de las múltiples necesidades que hay por lo que se procederá a su redistribución de la manera más racional y lo mejor posible, e incluso habrá que pensar dejar algo de espacio disponible para futuras ampliaciones de la planta judicial, porque este nuevo juzgado, el último que ha sido concedido, no satisface todas las pretensiones que tenemos en Albacete, en donde al margen del Juzgado de lo Social demandado también pedimos el que sería el cuarto Juzgado de lo Penal, al margen de dos Juzgados más de Primera Instancia y un Juzgado de Instrucción y en lo que se refiere a la provincia, uno más en el partido de Almansa».
Sobre la Ciudad de la Justicia ya ha terminado en su totalidad la demolición del Colegio Giner de los Ríos y se ha procedido a la retirada de todos los residuos que se hayan podido generar a este respecto, de manera que el solar, se ha quedado listo para poder obrar. Ahora lo que toca es que el Ministerio termine de definir el proyecto y sacarlo a concurso, y a este respecto «ya le hemos hecho llegar a la Subdirección de Obras que hay que hacer observaciones funcionales a lo que se nos han presentado y como presidente he propuesto la creación de una comisión que, formada por personas de todos los sectores de la Administración de Justicia, aporte precisamente este tipo de ideas al proyecto pues el sitio lo reúne todo, es decir, es un solar magnífico con espacio suficiente como para hacer una buena obra que, a mi entender, tendría que ser un edificio a imagen y semejanza, eso sí, a escala de Albacete, del que está a punto de concluir y de próxima inauguración en Cuenca».
«No sólo estamos hablando de algo para la Justicia sino también de algo importante para la ciudad, sus habitantes, sus profesionales y para la región pues no debemos ni podemos olvidar que Albacete es su capital judicial», apuntó Rouco.
Quien para terminar igualmente aseguró que la implantación de la Oficina Judicial para con el territorio albaceteño pasa por este edificio, o dicho de otra manera, “no podemos imaginarla sin las condiciones y la base física necesaria para poder hablar de este modelo que implica para empezar la existencia de espacios comunes”.
Fuente: latribunadealbacete.es
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Bruselas crea una web con información jurídica de la UE
Escrito el 20, Julio a las 7:08 pm
La Comisión Europea ha creado una página web en 22 idiomas que ofrece respuestas rápidas a preguntas de índole jurídica que se pueden hacer los ciudadanos.
Destinada a todos los europeos en general, será muy útil también a las empresas, abogados y jueces, pues ofrece una gran variedad de información jurídica sobre los distintos Estados miembros. Tiene más de 12.000 páginas de contenidos y la primera versión ofrece información y enlaces sobre la legislación y las prácticas de todos los Estados miembros. Puede responder por ejemplo a la demanda de un italiano que viaja por Alemania y necesita un abogado, o a un empresario francés que desea consultar el catastro húngaro, o a un juez estonio que tiene una serie de preguntas sobre el sistema judicial español.
Esta primera versión ofrece información y enlaces sobre la legislación y las prácticas de todos los Estados miembros. Así, por ejemplo, el portal ofrece información sobre asistencia jurídica gratuita, formación judicial, y videoconferencias, así como enlaces a bases de datos jurídicas, a los registros de resoluciones concursales y de la propiedad inmobiliaria en línea.
La información sobre la justicia está ya al alcance de más de 10 millones de ciudadanos implicados cada año en procedimientos judiciales .
Fuente: expansión.com
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La Escuela de Práctica Jurídica cuenta con 30 nuevos diplomados
Escrito el 14, Julio a las 5:54 pm
El salón de actos del Tribunal Superior de la región acogió ayer el acto de entrega de diplomas a los alumnos de la Escuela de Práctica Jurídica, un total de 30 pertenecientes a los dos últimas promociones, en concreto, las relativas a los años 2007-2008 y 2008-2009 que han salido de esta Escuela dependiente, como es conocido, del Colegio de Abogados de Albacete y ubicada en lo que son sus dependencias en la sede que la Universidad Nacional a Distancia tiene en la capital albaceteña.
El acto contó con la asistencia, entre otros, del presidente del Tribunal Superior de la región, Vicente Rouco, y de varios miembros de la junta de gobierno del citado Colegio encabezados por su decano, José Serrano, además de los familiares y amigos de los diplomados y que abarrotaron estas dependencias del Palacio de Justicia.
La Escuela de Práctica Jurídica, como su propio nombre indica tiene como principal fin proporcionar a sus asistentes una formación práctica y teórica complementaria a su vez de los estudios universitarios que ya han recibido para de esta manera iniciar con éxito la tarea que comporta el ejercicio profesional de la abogacía; una formación que les vendrá, por otra parte, vía dos vertientes, por un lado la teórica y por otra la práctica, siendo el único requisito a cumplir por sus alumnos para poder entrar la de ser licenciado en Derecho. El curso como tal aunque está pensado para dos años se realiza en uno único disponiendo como profesorado desde abogados en ejercicio con más de diez años de experiencia hasta fiscales, médicos forenses, jueces, magistrados pasando por secretarios judiciales e inspectores de Hacienda, mientras que para el desarrollo de las clases, de carácter presencial, por otra parte, se cuenta con la colaboración con la Universidad a Distancia y del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-la Mancha.
TURNO DE OFICIO. Aunque ha habido cursos en los que se ha llegado hasta los 30 alumnos en el presente, el que se está realizando en estos momentos y que, por otra parte, ya finalizado en lo que es su vertiente formativa para dar paso a la práctica que como tal concluirá en unos meses, hay 14 alumnos. Igualmente comentar que haber pasado por este curso, así como pasar la prueba CAP para obtener el Certificado de Aptitud Profesional es requisito imprescindible para poder ejercer como letrado de turno de oficio. La próxima prueba CAP, a la que accederán precisamente estos alumnos, está previsto su realización en el conjunto del territorio nacional para el próximo mes de noviembre.
Fuente: latribunadealbacete.es
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Los concursos bloquean 21.000 millones de euros
Escrito el 12, Julio a las 12:34 pm
El Colegio de Registradores de la Propiedad ha remitido a la Comisión encargada de reformar la Ley Concursal una propuesta encaminada a ofrecer más garantías a los acuerdos de refinanciación.
Así lo anunciaron ayer el decano de la institución, Alfonso Candau, y el Director del Centro de Estudios Registrales, Luis del Pozo, durante la presentación en Santander de la Estadística Concursal 2009.
Según dicha estadística, el 90% de los concursos acabó en liquidación. Asimismo, se ha constatado que el crecimiento (97%) de los concursos sigue siendo “espectacular” lo que, a juicio de Del Pozo, supone que “estamos llegando al techo de saturación de la capacidad de tramitación de los juzgados mercantiles”. Ello, unido a que los concursos tienen bloqueado un volumen de masa pasivo de 21.000 mil millones de euros, hace obligado potenciar las herramientas que permitan a las empresas llegar a acuerdos extrajudiciales que eviten el estigma del concurso así como la viabilidad de la compañía.
La estadística concursal registral recoge por primera vez los acuerdos de refinanciación inscritos durante 2009 que han llegado a la cifra de 90, implicando a pasivos por valor de unos quince mil millones de euros. Ello implica, según explicó Del Pozo, que las sociedades que hacen uso de este mecanismo son de gran tamaño y por lo general muy apalancadas y con fuerte presencia de créditos a corto plazo.
Pese a que este instrumento –con el que el regulador ha abierto el camino a una posible alternativa preconcursal a las empresas con dificultades para atender los contratos de financiación– está funcionando bien, los registradores estiman que debe mejorarse.
Del Pozo apuntó a que la futura reforma de la Ley Concursal debería contemplar la refinanciación de los grupos de empresa y definir mejor la responsabilidad del experto, entre otras cuestiones. Asimismo, desde el Colegio de Registradores proponen que se otorgue a los acuerdos de refinanciación el mismo plazo de gracia que el artículo 5.3 contempla para el deudor concursado.
Finalmente, ante el crecimiento de los concursos de persona física –consumidor o empresario individual– Del Pozo precisó que sería convienente habilitar un sistema específico para su tratamiento. Sobre esta cuestión señaló que “si queremos que los juzgados de lo mercantil no se colapsen sería necesario sacarlos de la regulación concursal”.
Fuente: expansión.com
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El Supremo abarata el despido nulo en los contratos temporales
Escrito el 7, Julio a las 11:58 am
La Sala de lo Social, en una reciente sentencia, limita los efectos de la anulación del despido al pago de los salarios que el trabajador debió cobrar desde el día del cese hasta el del fin del contrato.
La extinción del contrato de trabajo temporal se produce cuando llega el día pactado, incluso si vence durante la tramitación de un proceso de despido. Así lo ha establecido el Tribunal Supremo en una reciente sentencia, dictada en Sala General. La consecuencia de esta decisión es que, aún en los casos en los que el despido se declare nulo, la empresa sólo tendrá que pagar al trabajador los salarios que debió cobrar desde el día del cese hasta el del fin del contrato.
Por tanto, el Alto Tribunal suaviza las consecuencias que tiene para las empresas la nulidad del despido que, como regla general, implica la readmisión, así como el abono de los salarios dejados de percibir.
La doctrina contenida en la resolución, que cuenta con dos votos particulares, unifica una cuestión que había dado lugar a sentencias contradictorias por parte de los tribunales superiores de justicia.
El Alto Tribunal entra a dirimir el litigio planteado en el recurso de casación para unificación de doctrina al entender que las dos sentencias comparadas –la recurrida y la de contraste– son contradictorias. En ambos casos, se trataba de trabajadoras embarazadas que tenían un contrato temporal y que habían sido despedidas durante el período de prueba y cuyo cese había sido declarado nulo por el estado de gestación de la empleada. Además, en ambos casos, se suscitó la cuestión relativa a la necesidad de limitar los efectos de la declaración de nulidad, dado que el contrato se había extinguido durante la tramitación del recurso.
La sentencia recurrida, ahora casada por el Supremo, no cuestionó la validez del contrato y confirmó la condena a readmitir a la trabajadora en las mismas condiciones que tenía antes de su despido.
Sin embargo, el ponente advierte de que la “obligación de readmitir ha devenido en imposible por haber vencido el plazo durante el que se convino que esta obligación existiría”. Es decir, que la “imposibilidad de la readmisión no es caprichosa, sino que deriva de la extinción lícita de la obligación de dar trabajo”, una cuestión que es “objetiva” al ser perceptible por quienes convinieron la duración temporal del contrato.
En este matiz se apoya el Supremo para considerar que la empresa, a partir de la extinción del contrato, no está obligada a readmitir a la empleada, aunque sí a indemnizarle por los perjuicios causados hasta ese día por la irregular extinción anticipada del contrato.
Por todo ello, el Supremo sustituye la obligación de readmitir –que ha derivado en imposible por causas previstas en el contrato– “condenando a la empresa al pago de los salarios que la trabajadora debía haber cobrado de haberse ejecutado el contrato hasta el día pactado”. (TS, 28/04/10, Rº 1113/2009).
Fuente: expansión.com
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Las separaciones y divorcios aumentaron por primera vez desde 2006
Escrito el 30, Junio a las 7:59 am
El número de separaciones y divorcios ha experimentado en el primer trimestre de 2010 un repunte respecto al mismo período del año anterior, lo que representa la primera subida de este tipo desde hace más de 3 años.
Así se desprende del estudio “La Justicia dato a dato” presentado por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), en el que se analiza la estadística de los Juzgados y tribunales españoles.
En el análisis realizado sobre el posible efecto de la crisis económica en las separaciones y divorcios, el estudio destaca que en los tres primeros meses de este año se observa, por primera vez en “muchos trimestres”, un repunte, al situarse en 33.187 frente a los 31.661 del primer trimestre del pasado año.
No obstante, ya en el último trimestre de 2009, las separaciones y divorcios habían ascendido a 34.725, aunque se situaron por debajo de las registradas en el mismo período de 2008, en el que se alcanzaron los 34.779.
“Considerando conjuntamente tanto separaciones y divorcios, consensuados y no consensuados, la tendencia que muestra desde el tercer trimestre de 2006 es descendente”, asegura el CGPJ, que advierte no obstante de que habrá que esperar a la evolución de los próximos trimestres para poder valorar si este ligero repunte supone un cambio de tendencia, explica el informe.
Fuente: elmundo.es
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Modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre del Código Penal
Escrito el 23, Junio a las 3:19 pm
Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. (BOE núm. 152, de 23 de junio de 2010).
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