La clasificación de las penas

Dudas frecuentes, General, Penal 24 Mayo, 2008

Las penas que se imponen en una Sentencia tras la tramitación del correspondiente procedimiento penal pueden clasificarse de dos formas, por su repercusión en el condenado y por su contenido.

  Por su repercusión en el condenado:

Según este critero las penas pueden clasificarse en:

  • Penas graves que son aquellas que consisten en:
    • Prisión por un tiempo superior a 3 años.
    • Suspensión de empleo o cargo público durante más de 3 años.
    • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por más de 6 años.
    • La privación del derecho a la tener y llevar armas durante más de 6 años. § La privación del derecho a residir en o visitar un determinado lugar durante más de 3 años.
  • Penas menos graves que pueden suponer:
    • Prisión de 6 meses a 3 años.
    • Inhabilitaciones especiales de hasta 3 años.
    • Suspensión de empleo o cargo público hasta 3 años.
    • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por 1 año y 1 día hasta 6 años.
    • La privación del derecho a la tener y llevar armas entre 1 año y 1 día hasta 6 años.
    • La privación del derecho a residir en o visitar un determinado lugar por un tiempo comprendido entre 6 meses y 3 años.
    • Multa de más de 12 meses.
    • El arresto de siete a 24 fines de semana.
    • Los trabajos en beneficio de la comunidad de 96 a 384 horas.
  • Penas leves que consisten en:
    • La privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de 3 meses a 1 año.
    • La privación del derecho a la tener y llevar armas por un tiempo de 3 meses a 1 año.
    • La multa de 5 días a 2 meses.
    • El arresto de 1 a 6 fines de semana.
    • Los trabajos en beneficio de la comunidad de 16 a 96 horas.
    • La responsabilidad personal subsidiaria por impago de multa.

 Por el contenido de las penas:

En este supuesto cabe distinguir entre penas privativas de libertad y las privativas de derechos, haciendo una mención especial al llamado trabajo en beneficio de la comunidad y a la condena al pago de una multa, que más adelante veremos.

Fuente: iabogado.com

1 Comentario

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