Publicado por el Jun 19, 2008 en Dudas frecuentes, General |

La Asistencia Jurídica Gratuita se extiende a todos los trámites e incidencias en todo tipo de procesos, incluidos los recursos de amparo constitucional, así como la ejecución de la sentencia y el asesoramiento previo a la iniciación del proceso.

El abogado y procurador designados, para su asistencia y representación, deberán desempeñar su función de forma real y efectiva durante todo el proceso hasta su terminación, incluidos, en su caso, los trámites de la ejecución de la sentencia o resolución que le dé fin, siempre que dichos trámites tengan lugar dentro de los dos años siguientes a la resolución judicial dictada en primera instancia.

Si hubieran transcurrido esos dos años, deberá solicitar de nuevo la asistencia jurídica gratuita.

Fuente: cgpj.es