Publicado por el Ene 8, 2013 en General, Juzgados y Tribunales, Noticias prensa, Tasas Judiciales |

La Audiencia Nacional ha admitido a trámite la primera demanda contra la ley de tasas judiciales, aprobada por el Gobierno y que desde el pasado 15 de diciembre impone un gravamen a los recursos y otros procedimientos de entre 50 y 750 euros en los órdenes civil, contencioso-administrativo y social.

La demanda fue presentada a finales de diciembre por el Colegio de Abogados de Orense, uno de los más beligerantes del país contra el «copago» judicial y el primero en pasar de las pancartas a la acción legal, y ha sido aceptada por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo.

El tribunal tiene encima de la mesa la decisión de suspender la aplicación del pago de las tasas, como reclaman los abogados orensanos como medida cautelar mientras se tramita el proceso. Sin embargo, desde la secretaria técnica del órgano colegial tienen «poca confianza» en que la sala ordene su paralización, tal y como demuestran los antecedentes en otros casos parecidos que recaen en esta jurisdicción.

De todas formas, la admisión a trámite de la demanda por parte de la Audiencia Nacional abre la puerta a que los expedientes que preparan otros colegios de abogados sean admitidos y, sobre todo, los recursos de inconstitucionalidad que ya han anunciado para próximas fechas tanto el PSOE como el Consejo General de la Abogacía a través del Defensor del Pueblo.

Precisamente, en caso de que el Constitucional los admita, cosa bastante probable, sí que podría suspender la aplicación de los gravámenes como medida cautelar.

El documento de los letrados orensanos, de trece páginas, recuerda que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos dicta que la obligación de pagar tasas judiciales no restringe el derecho a la tutela judicial efectiva «siempre que las tasas persigan objetivos legítimos y sean proporcionadas».

Pero la ley de tasas española, denuncian estos abogados, «vulnera este convenio porque parte de que el coste de la administración de justicia sea soportado por quienes más se benefician de ella para mejorar la financiación del sistema y la asistencia gratuita, es decir, que el objetivo perseguido es, eminentemente, recaudatorio».

Trámite digital.
Además de la «desproporción» de las tasas y su carácter «recaudatorio», los recurrentes ponen un ejemplo descriptivo de su falta de idoneidad: para acceder al impreso de cobro es necesario tener un ordenador y conexión a Internet en el supuesto de que el usuario quiera hacer él mismo el trámite y no a través de un abogado.

«Parecen cosas menores, pero este es otro motivo más que obstaculiza el acceso de los ciudadanos a la Justicia», aseguran desde la secretaría técnica del Colegio de Abogados de Orense, que ya anticipa la «dificultad» para hacer frente a la fianza provisional que imponga el tribunal por la cuantía del recurso, ya que hablamos de una cifra considerable.

Tras la admisión a trámite, el siguiente paso será fijar un plazo para que la parte demandada, ejercida por la Abogacía del Estado en nombre del Gobierno, formalice su escrito, alegando los hechos y fundamentos jurídicos que estime pertinente para solicitar la desestimación. Lo interesante es que, por vez primera, el Ministerio de Justicia tendrá que dar argumentos jurídicos de peso para defender la ley de tasas.

Mientras la abogacía pasa a la acción legal, en el mundo judicial también se mueven hilos para evitar que los usuarios paguen el gravamen. En el País Vasco, por ejemplo, la Sala de lo Social del Tribunal Superior acordó hace dos semanas no cobrar las tasas a los trabajadores que demanden a sus empresas por despido u otras incidencias laborales mientras no se reforme la Ley de Justicia Gratuita.

La sala descubrió una contradicción legal para no cobrar las tasas, ya que la ley que las regula no deroga ni menciona la norma vigente, de 1996, de Asistencia Jurídica Gratuita. Por su parte, otro magistrado del juzgado de lo social número 1 de Benidorm anunció que no aplicará la norma al entender que esta medida es «contraria al derecho de la Unión Europea».

Fuente: laverdaddealbacete.es