Publicado por el Dic 16, 2009 en General, Noticias prensa |

El tema de la incapacidad judicial de las personas que han perdido sus facultades mentales para tomar decisiones de tipo jurídico (bien sean enfermos psíquicos o mayores) será uno de los asuntos abordados en estas jornadas.

En concreto, según las últimas estadísticas disponibles del Consejo General del Poder Judicial durante los primeros nueve meses de este año se habían presentado sólo en el Juzgado de Familia de la capital (dependiente del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número seis) 63 procedimientos relativos al derecho de familia y, en concreto, sobre la capacidad de las personas (58 del primer semestre y 5 del tercer trimestre del año), habiéndose resuelto 78, al existir procedimientos pendientes de 2008.

A estos datos hay que sumar los expedientes presentados y resueltos a través del resto de partidos judiciales de la provincia, que dependen de los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción (Alcaraz, Almansa, Casas Ibáñez, Hellín, La Roda y Villarrobledo. En este caso en el primer semestre de este año se han tramitado 63 expedientes y de ellos 60 han sido resueltos ya.

Igualmente, durante el 2008 en base a esas mismas fuentes fueron 110 los expedientes tramitados y 111 los resueltos y, por tanto, en los que se decretaba la incapacidad judicial.

Asimismo, en 2007 los procesos que ingresaron a través del Juzgado de Familia de la capital para decretar la incapacidad judicial fueron 96, aunque finalmente sumados los pendientes del año anterior se resolvieron 184.

Además, en 2006, año en que entró en funcionamiento el Juzgado de Familia de la capital fueron 104 los procedimientos de incapacidad jurídica presentados en la capital y de ellos 48 fueron resueltos finalmente.
Conviene aclarar que todas las personas que son incapacitadas desde el punto de vista legal o judicial deben contar con un tutor legal, que en muchos casos es un miembro de su familia, pero en otros, bien porque no hay familia o ésta no sabe o no desea ejercer la tutela, esta función la ejerce la figura que existe en Castilla-La Mancha que es la Comisión de Tutela, un órgano que depende de la Consejería de Salud y Bienestar Social, cuya delegada provincial en Albacete, Angelina Martínez, informó que a su vez delega la tutela efectiva en cinco fundaciones tutelares con las que tiene convenio a nivel regional.

 Precisamente en lo que llevamos de año son 35 los procedimientos en la provincia de Albacete con sentencia de incapacidad jurídica dictada en los que ha intervenido la Comisión de Tutela en la dirección de la causa y la defensa judicial, y otros 19 más que están en tramitación. De éstos 35, según informó Luis Miguel Martínez-Gómez Simón, abogado de la Delegación Provincial de Bienestar Social que integra el equipo de la Comisión de Tutela, 19 casos se ha derivado su tutela a fundaciones, otros nueve a familiares del incapacitado y siete se han archivado el procedimiento porque han fallecido las personas que iban a ser declaradas incapacitadas.
Martínez-Gómez Simón señaló que de los 28 casos de incapacidad resueltos el año pasado de un total de 60 expedientes presentados, la Comisión de Tutela de la Junta ejerció el cargo de tutor o curador en 17 casos.

¿Cómo funciona?. Según fuentes del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, la petición de incapacidad la pueden solicitar tanto los familiares directos como el Ministerio Fiscal, en este último caso, a instancia de oficio, dado que es éste órgano judicial el que conoce de los casos de presunta incapacidad. La incapacidad se declara a través de sentencia judicial, y para ello se deben aportar todo tipo de informes y documentos médicos, debiendo ser examinado por un forense la persona que va a ser incapacitada, que también es valorada por el propio juez, que antes de emitir su distancia también escucha la opinión de los familiares.

Existe además en todo este procedimiento de incapacidad, que por cierto, es reversible, la figura del defensor judicial, papel que también es ejercido por el propio Ministerio Fiscal.

Además, una vez se adopta la resolución de incapacidad se nombra un tutor que se encarga de velar por los intereses de la persona incapacitada, que está obligado a presentar cuentas ante el juez anualmente para evitar un uso indebido de los bienes.    

Fuente: latribunadealbacete.es