Durante 2010, el indicador de renta de efectos múltiples (IPREM) tendrá las siguientes cuantías:
a) EL IPREM diario, 17,75 euros.
b) El IPREM mensual, 532,51 euros.
c) El IPREM anual, 6.390,13 euros.
d) En los supuestos en que la referencia al salario mínimo interprofesional haya sido sustituida por la referencia al IPREM, la cuantía anual de este será de 7.455,14 euros cuando las correspondientes normas se refieran al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente excluyan las pagas extraordinarias; en este caso, la cuantía será de 6.390,13 euros.
En qué supuestos puede sustituirse la aplicacion del
SMI por el IPREM . Por ejemplo, para embargo de sala-
rio o pension y en qué cuantias es aplicable si, como en el caso del SMI, siguiendo una escala progre-
siva?
Gracias por su atencion.