Publicado por el Nov 7, 2011 en General, Juzgados y Tribunales, Noticias prensa |

El consejero delegado del Instituto Español para la Mediación defiende la necesidad de aprobar una ley de mediación.

¿Por qué es necesario aprobar una ley de mediación?

Vivimos en tiempos complejos. Las empresas tienen dificultades económicas y de relación comercial y necesitan buscar los procesos más eficientes que podamos ofrecerles para poder agilizar su actividad. La mediación se ha demostrado como un elemento muy importante a la hora de resolver conflictos, un 70% y un 80% de los casos que se someten a mediación acaban con un acuerdo positivo sin tener que pasar por tribunales. Sin Ley de Mediación es muy difícil que esta herramienta se extienda en el tráfico empresarial y comercial en España.

¿Por qué muchos expertos opinan que no era bueno el proyecto de Ley que se inició en esta legislatura pero que no se aprobó en las Cortes?

Porque hay muchas personas que están analizando la ley desde ángulos muy diferentes. Hay gente que le preocupa que no impacte en los derechos de las autonomías para regular ellos en temas de mediación como pasa en algunas comunidades. No hay un concepto claro de por qué está bien o por qué está mal.

Hay quien no conoce bien el funcionamiento de la mediación y le parece que es muy encorsetado y la verdad que lo único que dice el procedimiento de la mediación es que se hará un acta del comienzo, un acta de finalización y luego, por lo demás, es libre para que decidan las partes. Por eso yo creo que los motivos son más el interés de cada uno en buscar una ley más acorde con lo que están ellos pensando como idóneo. Es un área muy nueva y no se tiene una clara idea de qué se quiere regular.

¿Cree que es correcto que se excluya, como ocurría con el proyecto, expresamente la mediación laboral, penal y en materia de consumo?

En principio para esta fase sí, por dos motivos. La Directiva europea que está impulsando la mediación se centra principalmente en la mediación mercantil-civil trasnacional que es su objetivo. Pero segundo y más importante, porque al ser esto un elemento nuevo si intentamos englobar distintos conceptos parecidos pero que no son iguales, puede salir algo completamente inmanejable. Y no es lo mismo la mediación familiar, que ya está muy regulada por distintas autonomías que la mediación civil, mercantil o social. Intentemos regular esta con un inicio positivo.

¿Cree que en España debería haber más control sobre lo que llega a la Jurisdicción?
No es una cuestión tanto de control como el de facilitar la descarga de los tribunales, por otro suelen ser más ágiles y en el caso de la mediación en particular suele ser más barato y positivo, con lo que gana el sistema judicial y las partes.

¿Ve factible que el plazo máximo para la mediación sea dos meses, con la prórroga de uno más como especificaba el actual proyecto?

La media de tiempo que se tarda en las mediaciones es inferior a 60 días ya que es un proceso muy rápido, por lo que dos meses, o tres, debe ser tiempo de sobra. Además luego las partes podrían volver a negociar en cualquier momento, siempre teniendo en cuenta que la ley establece unos plazos y cuando se abre una mediación se para el procedimiento judicial.

¿Cuenta España con suficientes profesionales preparados para la mediación?
La realidad es que no en mediación civil y mercantil. No existen muchos mediadores con práctica y experiencia porque no se ha desarrollado.

Fuente: expansion.com