Publicado por el May 2, 2012 en Comisión Nacional de la Competencia, General, Noticias prensa | 4 comentarios

La Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha vuelto a incidir sobre los colegios profesionales y su restricción a la competencia en un nuevo informe que dio ayer a conocer. En esta ocasión, el motivo del mismo ha sido analizar cuál es la situación competitiva de la actividad de los servicios profesionales una vez se ha completado la transposición de la directiva europea sobre el sector de los servicios. El informe, de unas 100 páginas, vuelve a ser crítico por la falta de competencia en este ámbito y establece una serie de recomendaciones a los propios colegios profesionales, pero también al Gobierno central y a las comunidades autónomas. En el caso concreto de los colegios profesionales, la CNC ha detectado que sus normas internas de funcionamiento «no son compatibles en muchos casos con la nueva legislación nacional». De esta manera, considera que «es esencial» que sus estatutos, códigos deontológicos y demás normas internas de funcionamiento se adapten a este nuevo marco. Igualmente, deben suprimir todas las restricciones a la competencia, como las que tienen que ver con limitar el acceso a las actividades profesionales o la libertad comercial en la prestación de los servicios profesionales.

Algunas de las barreras profesionales señaladas por el organismo tienen que ver con el requisito de que los profesionales estén colegiados para poder ejercer la profesión. Critica, entre otras exigencias, la ostentación por el colegio de la representación institucional exclusiva de la actividad profesional; algunos requisitos excesivos o discriminatorios para que los profesionales puedan colegiarse; la exigencia de fianzas para el ejercicio profesional no previstas por ley; la utilización de las funciones colegiales a la hora de ordenar el ejercicio de la actividad y evitar el intrusismo profesional o la obligación de que los profesionales estén colegiados en un determinado territorio para poder prestar sus servicios profesionales allí.

Al mismo tiempo, la CNC recomienda a los colegios que asuman la obligación de informar de las actividades llevadas a cabo para «asegurar el cumplimiento de las recomendaciones contenidas en este informe». Esta información tendría que ser al menos con carácter anual para sus colegiados y al público en sus páginas web.

Las recomendaciones del organismo que preside Joaquín García también se dirigen al Gobierno central. En este punto, pide que promulgue la ley de colegios y especifique qué profesiones tienen que tener colegiación obligatoria y cuáles no. Sobre este último aspecto, la CNC señala que «la colegiación obligatoria constituye una fuerte restricción de la competencia y, como tal, debe mantenerse solo cuando sea estrictamente necesario y proporcionado y no existan otros medios menos restrictivos para alcanzar los fines pretendidos».

Contra los privilegios.

En el caso de mantenerse actividades profesionales en las que la colegiación no sea obligatoria, la CNC pide que se evite que los colegios profesionales mantengan privilegios que provoquen distorsiones a la competencia efectiva. Para ello, insta a que la futura normativa no atribuya a los colegios fines de representación institucional exclusiva de las profesiones cuando el ejercicio de las mismas no requiera colegiación.

Asimismo, cree necesario que no se establezcan exclusividades de uso de una denominación profesional, «por poder suponer discriminación para los profesionales no colegiados e, incluso, impedirles acceder a determinados ámbitos del ejercicio profesional». Recomienda al Gobierno que clarifique la legislación en materia de peritos judiciales para evitar interpretaciones interesadas.

Sin reformas.

Todavía quedan bastantes comunidades autónomas que no han adaptado sus leyes de colegios profesionales, según Competencia. Es el caso de la Comunidad Valenciana, País Vasco, Castilla-La Mancha, Murcia, Islas Canarias y Extremadura.

Fuente: cincodias.com